Código de Buen Gobierno
Código del Buen Gobierno
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En Fundación GFM Renovables entendemos que el ejercicio de la responsabilidad ha de ir acompañado de criterios de buen gobierno y transparencia, con la finalidad de transformar nuestra misión en resultados mediante un uso eficiente de nuestros recursos, que además nos darán más valor y generará confianza.
Este Código de Buen Gobierno tiene por objeto establecer las pautas generales que deben regir la conducta de Fundación GFM Renovables, los miembros de su Patronato y demás órganos y empleados de la misma, en el desarrollo de las actividades a través de las que se materialicen los fines de la Fundación.
- Seguimiento de la evolución de los indicadores de mejores prácticas en materia de buen gobierno y transparencia de las actividades que realice la entidad en cuestión y de las actuaciones de aquellas personas físicas y jurídicas que representen a la Fundación y siempre bajo las premisas de la mejora del Medio Ambiente y la concienciación en un Consumo Responsable.
- Organizar formaciones continuas presenciales para los patronos y para el comité ejecutivo.
- Aplicar el criterio de diversidad de género en la composición del Patronato, promoviendo la incorporación de mujeres en función de su experiencia y conocimientos en los ámbitos relevantes para la Fundación.
- Promover el conocimiento de su código de ética y conducta entre sus colaboradores y proveedores.
El colaborador o proveedor de Fundación GFM Renovables debe cumplir con la legislación aplicable de los países en los que opera, evitando cualquier conducta que, aún sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de Fundación y/o producir consecuencias adversas para la Fundación, el GFM en su calidad de fundador y/o sus respectivos entornos.
El colaborador o proveedor de Fundación GFM Renovables debe respetar los derechos humanos internacionalmente reconocidos y enunciados en la “Carta Internacional de los Derechos Humanos” y los principios relativos a los derechos incluidos en los ocho Convenios Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, conforme a la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. La responsabilidad de respetar los derechos humanos por parte del colaborador o proveedor exige que el mismo evite que sus propias actividades provoquen o contribuyan a provocar consecuencias negativas sobre los derechos humanos y hagan frente a esas consecuencias cuando se produzcan y traten de prevenir o mitigar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionadas con operaciones, productos o servicios prestados por sus proveedores.
La responsabilidad de respetar los derechos humanos implica para el colaborador o proveedor:
- Mantener con sus empleados unas prácticas laborales coherentes con la normativa internacional anteriormente descrita.
- Eliminar todas las formas de trabajo forzoso.
- Erradicar el uso de trabajo infantil.
- Facilitar la libertad de asociación y la negociación colectiva de sus empleados
- Tratar a todos sus empleados con dignidad y respeto, absteniéndose de emplear cualquier conducta agravante o que suponga algún tipo de discriminación por motivos de raza, ideas religiosas, políticas o sindicales, nacionalidad, lengua, sexo, estado civil, edad o discapacidad.
- Asegurar que las condiciones y el entorno de trabajo (entre otros: salarios, jornada laboral, protección de la maternidad, fomento de un ambiente de trabajo seguro, libre de alcohol y drogas, etc.) son coherentes con las normas laborales internacionales aplicables, y que promueven y mantienen el más alto grado de bienestar físico, mental y social de sus empleados.
- Reconocer y respetar los derechos de los individuos que pertenecen a grupos vulnerables, cuando las actividades del colaborador o proveedor tengan lugar en zonas habitadas por estos colectivos.
El colaborador o proveedor debe respetar los principios de confidencialidad sobre aquella información a la que acceda como consecuencia de su relación con la fundación GFM Renovables en el desempeño de su actividad profesional.
El colaborador o proveedor de Fundación GFM Renovables se compromete a:
• Respetar este código, mientras mantenga su condición de colaborador o proveedor de Fundación GFM Renovables.
• Comunicar a Fundación GFM Renovables cualquier información que considere relevante con relación a los requerimientos establecidos en el presente código.
El incumplimiento por parte del colaborador o proveedor de lo contenido en el presente código puede tener diferentes consecuencias en la relación contractual con Fundación GFM Renovables pudiendo llegar hasta su descalificación como colaborador o proveedor de Fundación, sin perjuicio de otras acciones legales o administrativas que fueran de aplicación.